La sentencia, según la APIF, indica de forma «clara y contundente» que por parte de la Fiscalía de Las Palmas se había vulnerado el derecho a un proceso con toda las garantías de la magistrada —y en aquellos momento candidata al Congreso por Podemos—, al ser investigada «más allá de lo razonable y adecuado».
La APIF recuerda que el Supremo resaltaba en los fundamentos de su sentencia que esa investigación sobre Rosell ya había «madurado lo suficiente» para dirigir la denuncia al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y, en lugar de ello, la Fiscalía prosiguió sus diligencias, «acopiando material probatorio y realizando actuaciones que pretendían preconstituir pruebas esenciales del procedimiento disciplinario que pudiera incoarse».
Este proceder, añade, se efectuó «sin respetar los principios de contradicción y defensa, y siendo evidente que el Ministerio Fiscal tenía elementos suficientes para decidir si existían indicios racionales para denunciar las posibles infracciones disciplinarias».
La APIF remarca que esa sentencia puso de manifiesto que las diligencias preprocesales impulsadas por García Panasco sobre la juez Rosell «menoscabaron la plena efectividad del derecho fundamental a un procedimiento con todas las garantías», al invadir aspectos esenciales del procedimiento disciplinario reservado al CGPJ y vulnerar el derecho de defensa.
(Agencias)