En su dictamen, el Comité determinó que, pese a que la orden judicial de desahucio era legal, las autoridades no habían tomado todas las medidas necesarias para proporcionar a la familia una vivienda alternativa.
«Este no es un caso único. Muchas familias en países desarrollados y en desarrollo se enfrentan a situaciones similares», señaló Rodrigo Uprimny, miembro del Comité, quien añadió: «A través de nuestra decisión reafirmamos que todas las personas, incluidas aquellas que viven en régimen de arriendo, tienen el derecho a una vivienda. Los Estados, por tanto, deben garantizar que los desahucios no den lugar a situaciones en las que los afectados se queden sin un techo».
«Los Estados deben respetar sus obligaciones internacionales y enfrentar urgentemente esas fallas a fin de crear condiciones que permitan proporcionar una asistencia adecuada a quienes la necesitan», agregó.
El Comité instó a España, que forma parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc), a tomar todas las medidas necesarias para ayudar a esta familia a obtener una vivienda adecuada, así como a otorgarle una compensación económica por la violación de los derechos de que fue objeto. Además, este órgano determinó que España debe formular y aplicar un plan integral que garantice el derecho a la vivienda adecuada de personas con bajos recursos. El Comité consideró el caso en virtud del Protocolo Facultativo del Pidesc, el cual reconoce la autoridad de ese órgano de la ONU para examinar denuncias individuales.