

Los activistas del 15M que fueron detenidos por su participación en la protesta contra los recortes frente al Parlament catalán hace tres años han sido finalmente absueltos de los delitos que se les imputaban, tras un polémico juicio que comenzó el 31 de marzo y cuyo objetivo, según denunciaron los movimientos sociales, solo era el de “amedrentar a la población para que tema manifestarse por las políticas” represivas impuestas contra la protesta social.
La Audiencia Nacional ha absuelto a los 19 acusados de un delito contra las instituciones del Estado por el asedio al Parlament catalán en 2011 al entender que la protesta estaba amparada por el derecho de manifestación y dirigida a dar voz a «los desfavorecidos por las políticas denominadas de austeridad».
La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en una sentencia que solo condena a uno de ellos a cuatro días de localización por una falta de daños, por pintar la espalda a la diputada Montserrat Tura.
La sentencia cuenta con el voto particular discrepante del presidente, Fernando Grande-Marlaska, que proponía sentenciar a diez de los acusados por el delito contra las instituciones del Estado.
Los fiscales pedían cinco años y seis meses de prisión para los 19 acusados por los incidentes registrados durante una concentración contra los recortes sociales convocada por el movimiento 15M ante el Parlament, que derivó en situaciones de asedio a parlamentarios, entre ellos los presidentes de la Generalitat, Artur Mas, y de la Cámara, Núria de Gispert.
El derecho de reunión y de manifestación prevalecen
Los magistrados Manuela Fernández Prado y Ramón Sáez Valcárcel (ponente) consideran que «la libertad de expresión y el derecho de reunión y manifestación prevalecen en este caso», ya que «para muchos sectores sociales la reunión y la manifestación es el único medio por el que expresar y difundir sus pensamientos y opiniones».
«Cuando los cauces de expresión y acceso al espacio público -indican- se encuentran controlados por medios de comunicación privados, cuando sectores de la sociedad tienen una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica».
En este caso en concreto, afirman, «se dan todos los elementos mencionados: la convocatoria estaba destinada a hacer coincidir voluntades individuales para expresar una subjetividad colectiva, coincidiendo con la sesión del órgano legislativo de la comunidad autónoma en la que habían de decidir el contenido y el destino de las cuentas públicas».
Los participantes no trataban de atentar contra las instituciones del Estado
«La finalidad era divulgar mensajes de protesta en relación a las decisiones legislativas», inciden los magistrados, y para ello se trataba de ocupar los alrededores del Parlament «para dirigir a los diputados, a los medios de comunicación y a la sociedad el rechazo de tales medidas de recorte del gasto social en detrimento de los servicios públicos y de la efectividad de los derechos sociales».
Para los magistrados, que también consideran que no hay pruebas suficientes de su participación en los hechos, la protesta suponía la defensa de la Constitución y los participantes «no trataban de cambiar el marco de relaciones jurídico-políticas, sino plantear que se estaba operando un vaciamiento de los derechos fundamentales».
La sentencia señala también que la protesta, que forzó a los diputados autonómicos a entrar en la Cámara en furgones policiales e incluso en helicóptero (como fue el caso de Mas y otros 29), hubiera requerido que se estableciera un perímetro para hacer compatible la acción de los piquetes y de los manifestantes.
Los participantes, indica, «buscaban confrontarse físicamente y dialogar con los representantes parlamentarios, trasladándoles el malestar y las consecuencias de los presupuestos que se iban a votar».
«De esta manera, se hubiera delimitado la acción colectiva, sus contenidos y, sobre todo, el espacio físico y simbólico de la confrontación», añade el escrito.
Una mala actuación policial desencadenó los momentos de tensión
El tribunal entiende que la confrontación se produjo debido al cierre de todos los accesos al Parlament salvo la entrada del Parc de la Ciutadella, «donde confluyeron los piquetes, provocando no solo la contaminación física entre unos y otros, sino la necesidad de los parlamentarios de abrirse camino».
La concentración, convocada con el lema «Paremos el Parlament», no había sido comunicada, y finalmente el pleno de la Cámara comenzó a debatir las cuentas de la Comunidad con retraso con aproximadamente la mitad de parlamentarios. (Postdigital/Agencias)
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