

Rosendo Naseiro, el que fuera primer tesorero del Partido Popular, realizó movimientos entre 2003 y 2004 por un valor de 4,7 millones de euros desde su cuenta en el Banco Gottardo de Lugano (Suiza), según ha informado la Cadena Ser.
La cuenta cifrada de Naseiro, denominada ‘Glotón’, se nutría de fondos procedentes de «una herencia» y de «actividades off-shore». En abril de 2014, el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz dictó un auto en el que informaba de que se había abierto una investigación a Naseiro para comprobar si había transferido dinero a cuentas de Luis Bárcenas a través del Banco Gottardo de Lugano.
También se habrían realizado abonos de centenares de miles de euros a cuentas cifradas denominadas ‘Abordaje’, ‘Madurez’, ‘Shipper’, ‘Ganancia’ u ‘Obispado’. Esta última pertenecía al empleado del PP fallecido Francisco Yáñez, y allí destinó Naseiro cerca de 500.000 euros que, según Bárcenas, procedían de la venta de unos cuadros. Las identidades de los titulares del resto de cuentas se desconocen.
Tampoco se conocen, según la Cadena Ser, las identidades de los titulares de los «Depósitos Fiduciarios», de naturaleza opaca según los expertos, a los que Naseiro realiza pagos y recibe centenares de miles de euros en el periodo analizado.
El juez Pablo Ruz pidió el detalle de esta cuenta de Naseiro después de comprobar los pagos realizados a Yáñez, amigo de Bárcenas y padre de uno de sus supuestos testaferros. La documentación ha llegado al juzgado número cinco de la Audiencia Nacional y su nuevo titular, José de la Mata, tendrá que decidir si amplía las investigaciones.
Rosendo Naseiro es el único tesorero del PP que no está imputado en la Audiencia Nacional por los casos Gürtel o de la Caja B de este partido. Todos sus sucesores hasta 2009, Álvaro Lapuerta y Bárcenas, así como Ángel Sanchís, máximo responsable de las finanzas con Alianza Popular, han sido acusados.
Naseiro se vio involucrado en el caso de la supuesta financiación ilegal del PP a principios de la década de los 90, pero su caso se sobreseyó por un defecto de forma, al anular el Supremo las grabaciones en las que se basaban las pruebas.
(Agencias/Postdigital)
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