
El TS rechaza que la opinión pública influyera en la sentencia de La Manada y defiende la imparcialidad del proceso
El Tribunal Supremo ha sentenciado que los cinco miembros de ‘La Manada’ actuaron con «pleno conocimiento» de lo que estaban haciendo, «buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno» de lo que iba a suceder y que el silencio de la joven «sólo se puede interpretar como una negativa».
Según dice la sentencia, del relato de los hechos ocurridos el 7 de julio de 2016 en Pamplona se desprende, «con total claridad», que los cinco miembros de ‘La Manada’ «buscaron expresamente la situación, sin que la víctima tuviera conocimiento alguno, desde el momento mismo en que conocieron que la joven estaba sola y que no encontraba a sus amigos».
Los magistrados del Supremo dejan claro que la víctima se sintió «impresionada, con miedo, sin capacidad de reacción», y experimentó «una sensación de angustia» y un «intenso agobio y desasosiego que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera».




