

El ministro de Justicia, Aberto Ruiz Gallardón, sigue adelante con su reforma de la ley del aborto, que limita los derechos de las mujeres a decidir sobre su gestación a solo dos: la violación y el riesgo para la vida de la madre, y ha añadido que «jamás» considerará dejar a las mujeres elegir si quieren o no quieren gestar fetos malformados, de modo que solamente será legal interrumpir la gestación cuando esta repercuta en la mujer de forma «que se dé una incapacidad absoluta en la madre para seguir adelante con el embarazo».
El ministro ha dicho hoy que una malformación no será «jamás» una causa legal para abortar, sino que en todo caso esta vendría dada por los efectos e hipotéticos daños que pudiera generar en la madre. En el marco del III Foro Antonio Fontán, organizado por la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR), Gallardón ha señalado que «nunca se establecerán ciudadanos de primera y de segunda».
«No creo que podamos establecer un sistema por el que por el mero hecho de tener algún tipo de carencia, tengamos menos derechos que los que no tienen una carencia, no lo creo», ha explicado el ministro. Otras cosas, ha añadido, «serán los efectos que provocarán en esa mujer» como por ejemplo, ha citado, «que se dé una incapacidad absoluta en la madre para seguir adelante con el embarazo».
«Se mirarán los hipotéticos daños a la madre para poder establecer el no reproche penal, pero nunca jamás será la discapacidad» una causa directa, ha aseverado. El Ministerio de Justicia está en un «período de estudio» de las recomendaciones de los órganos consultivos del Estado al anteproyecto de ley elaborado por el Gobierno y, una vez concluya el análisis de dichas recomendaciones, elevará el proyecto de ley al Consejo de Ministros.
Hace una semana, la ministra de Sanidad, Ana Mato, aseguró que el Gobierno trabaja por conseguir «el máximo consenso» de todos los sectores de la sociedad en la reforma de la ley del aborto pero no concretó en qué términos será modificado el texto. El anteproyecto de ley orgánica para la protección de la vida del concebido y los derechos de la mujer embarazada limita a dos los casos en los que el aborto está despenalizado: cuando la mujer haya sido violada o cuando su salud psicológica o psíquica corra riesgo. (Postdigital/Agencias)
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