

La sección de Interpol radicada en Argentina ha cursado una comunicación «muy urgente» a su oficina de Interpol Madrid solicitando la detención preventiva con fines de extradición de las veinte personas investigadas por la jueza María Servini por crímenes cometidos durante el franquismo, entre los que se encuentran los ex ministros José Utrera Molina o Rodolfo Martín Villa.
Así lo expone en un escrito con fecha del 4 de noviembre, recogido por Europa Press, presentado ante el juzgado del que es titular María Servini de Cubría en el que le pide todos los datos identificativos de los imputados como requisito «indispensable» para el caso de emitir una orden de captura internacional y evitar detener a personas con su mismo nombre, «casos de homonimia», según el escrito.
Esta información permitirá a Interpol hacer extensiva la medida de la detención a todas las policías de los países miembros de la Organización Internacional de Policía Criminal OIPC-Interpol para el supuesto de que los imputados se encuentren fuera de las fronteras españolas.
No obstante, dentro del mercado de la cooperación policial internacional existente con los colegas españoles, Interpol Argentina ya ha reclamado que proporcionen la totalidad de los registros filiatorios que posean sobre los investigados por crímenes de lesa humanidad.
La Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CEAQUA), personada en la causa abierta en Buenos Aires, ha explicado que una vez cursada y recibida la orden de detención preventiva por parte de las autoridades competentes, las Fuerzas de Seguridad deberán proceder a la detención de los reclamados para ponerles a disposición del Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional que esté de guardia en un plazo no superior a las 24 horas.
La organización, que alude al artículo 8 de la ley 4/1985 de Extradición Pasiva española, añade que la Audiencia Nacional podrá ordenar la prisión provisional, su libertad o medidas cautelares, como visitas periódicas a un juzgado, retirada del pasaporte o prestación de fianza, entre otras.
El Juzgado español deberá después comunicar su decisión al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 1 de Buenos Aires, que puede solicitar la extradición en el plazo que determine. En caso de ordenar una detención preventiva, ésta no puede prolongarse más allá de cuarenta días si dentro de este plazo no se presenta la solicitud de extradición, según CEAQUA.
Estas disposiciones coinciden con lo establecido en el artículo 24 del Tratado Bilateral de Extradición y Asistencia Jurídica en materia penal suscrito en Buenos Aires el 3 de marzo de 1987 entre el Reino de España y la República Argentina.
La juez Servini imputó y ordenó detener recientemente a una veintena de personas por crímenes del franquismo, aunque una de ellas el ex ministro Antonio Barrera de Irimo falleció recientemente y por lo tanto se ha extinguido cualquier acción penal.
Exministros, expolicías y exjueces franquistas acusados
La magistrada imputa a Martín Villa (ministro de Gobernación entre 1976 y 1979), a Utrera Molina, que es suegro del exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, a otros políticos de la dictadura, ex miembros de las Fuerzas Armadas, ex jueces y hasta un antiguo ginecólogo.
Entre los políticos, se encuentran los ex ministros Antonio Carro Martínez (ministro desde 1974 a 1975), Licinio de la Fuente (vicepresidente del Gobierno entre 1974 y 1975), José María Sánchez Ventura (ministro en el último gobierno franquista), Alfonso Osorio García (ministro de presidencia entre 1975 y 1976) y Antonio Barrera de Irimo, quien falleció el pasado septiembre.
En concreto, acusa a Utrera Molina, Licino de la Fuente, Carro y Barrera de haber convalidado con su firma la sentencia de muerte de Salvador Puig Antich en 1974. La hermana del último condenado en el garrote vil en España es una de las querellantes de la causa.
A Rodolfo Martín Villa le considera responsable de la represión de una concentración de trabajadores en Vitoria el 3 de marzo de 1976, en la que fueron asesinados cinco trabajadores y hubo más de cien heridos muchos de ellos por armas de fuego en la conocida como ‘matanza del 3 de marzo’.
Al ex ministro de Presidencia Antonio Carro le acusa de convalidar la sentencia de muerte de Puig Antich y de los últimos fusilamientos del régimen franquista el 27 de septiembre de 1.975 en Madrid, Barcelona y Burgos, en las que fueron ejecutados José Humberto Baena Alonso, José Luís Sánchez Bravo Sollas, Ramón García Sanz, Juan Paredes Manot, y Ángel Otaegui Echeverría.
Contra Sánchez Ventura se dirige por haber firmado las sentencias de muerte de los últimos fusilamientos del régimen franquista, al igual que contra Fernándo Suárez, mientras que Osorio está acusado por su responsabilidad por la muerte de los trabajadores de Vitoria.
Además de estos cargos políticos, la querella se dirige contra antiguos miembros de las Fuerzas Armadas, auditores del Cuerpo Jurídico del Ejército o un médico ginecólogo acusado de sustracción de menores (caso de los bebés robados).
A petición de la Fiscalía, ha imputado a Antonio Troncoso (coronel auditor del Cuerpo Jurídico Militar), Carlos Rey (antiguo capitán auditor del cuerpo jurídico del Ejército) y a antiguos miembros de las Fuerzas Armadas, Jesús Quintana, Jesús González, Ricardo Algar, Félix Criado, Pascual Honrado, Jesús Martínez, Benjamín Solsona y Atilano del Valle.
Además, imputa a Abelardo García, denunciado por el caso de Flor Díaz Carrasco quien busca a su hermano desaparecido en el Hospital Municipal de La Línea de la Concepción el 6 de noviembre de 1967 donde trabajaba como médico ginecólogo.
Crímenes de lesa humanidad
La magistrada recuerda que la Audiencia Nacional rechazó extraditar al expolicía Antonio González Pacheco ‘Billy el niño’ y al excapitán de la Guardia Civil Jesús Muñecas por estar prescritos sus delitos y que numerosos juzgados españoles han archivado este tipo de casos.
Servini, que viajó el pasado mayo a España para interrogar a víctimas y visitar distintas instituciones, alega que Argentina es competente para conocer de esta querella criminal y enmarca los hechos en crímenes de lesa humanidad.
«En el terreno de los crímenes de derecho internacional, la extraterritorialidad equipara y aún desplaza a la territorialidad como base para el ejercicio jurisdiccional», dice Servini, que defiende la jurisdicción por parte de los tribunales argentinos y alude a la Convención contra la Tortura y la Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas.
El caso tiene su origen en la denuncia interpuesta en abril de 2010 por múltiples víctimas y sus familiares agrupados en la Coordinadora CEAQUA al entender que los crímenes ocurridos desde el 17 de julio de 1936 constituían un plan sistemático y planificado de «aterrorizar a españoles» por su ideología y de sustracción de menores. (Agencias)
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