El Tribunal Supremo ha aceptado la ‘lista Falciani’ como prueba válida en un proceso para condenar por delitos fiscales en España. Se trata de un listado con los nombres de más de 100.000 clientes del banco británico HSBC con cuentas opacas en la entidad por valor de más de 78.000 millones de euros – entre los que se encuentran más de 500 españoles-, que el exempleado del banco Hervé Falciani sustrajo de la filial de Ginebra.
La sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala Manuel Marchena, entiende que la prohibición contenida en el artículo 11 de la LOPJ responde a la idea, en su origen histórico de ser un «elemento de prevención frente a los excesos del Estado en la investigación del delito», ya que «el poder del Estado para la persecución y enjuiciamiento de hechos ilícitos no puede valerse de atajos».