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Las familias en situación vulnerable no podrán ser desahuciadas hasta el 30 de octubre

Redacción 7 agosto, 2021 3 min de lectura
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Además, se mantendrá la posibilidad de solicitar un aplazamiento del pago del alquiler de su vivienda habitual hasta finales de octubre.

El Gobierno aprobó finalmente el martes una nueva prórroga del decreto «antidesahucios», puesto en marcha durante la pandemia y que expiraba el próximo lunes, que mantendrá hasta el 31 de octubre la prohibición de desalojar de sus casas a las personas vulnerables sin soluciones habitacionales.

El Consejo de Ministros también ha dado luz verde a la ampliación hasta esa fecha de la posibilidad de que los inquilinos soliciten una prórroga extraordinaria de su contrato de alquiler por un máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando las mismas condiciones.

Además, se mantendrá hasta finales de octubre la posibilidad de solicitar el aplazamiento del pago del alquiler de la vivienda habitual por parte de las familias vulnerables cuando se trate de arrendatarios grandes (con diez o más viviendas).

Asimismo, se ha ampliado el plazo, esta vez hasta el 30 de noviembre, para que los propietarios afectados por la suspensión reclamen una compensación económica.

El Gobierno aprobó por primera vez estas medidas el 31 de marzo de 2020, tras el decreto de estado de alarma para intentar frenar la expansión del COVID-19, y desde entonces ha aceptado sucesivas prórrogas.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana prorrogará así la suspensión temporal de los desahucios y las expulsiones de los más vulnerables, mientras el Ejecutivo estudiaba un nuevo decreto para dar protección «estructural» a estos colectivos, tal y como anunció en su día el ex ministro José Luis Ábalos.

Según el Ministerio, estas medidas son «urgentes y necesarias para responder a la situación de los hogares vulnerables en el contexto de la evolución de la pandemia».

De momento, la suspensión se prolongará hasta el 31 de octubre, aunque la consejera de Derechos Sociales, Ione Belarra, de Unidos Podemos, se mostró partidaria de una prórroga hasta final de año.

«Esperemos que los indicadores de salud nos permitan luego afrontar el futuro sin este ‘escudo social’, porque están mejorando», ha dicho la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Quién puede solicitar la suspensión
Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), las personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica que les impida encontrar un alojamiento alternativo para ellos y las personas con las que conviven pueden solicitar la suspensión extraordinaria del desahucio.

Tendrán que demostrar al juez ciertas condiciones, principalmente que están obligados a pagar la renta a pesar de estar en paro, en el caso de un régimen de regulación temporal de empleo (ERTE), o que han reducido su jornada laboral por razones de cuidado, en el caso de los empresarios.

Estas circunstancias deben haber provocado una pérdida sustancial de ingresos, que no alcance el total de los ingresos obtenidos por la unidad familiar en el mes anterior a la solicitud.

Tal y como ha señalado la Consejería de Transportes, Movilidad y Urbanismo, las personas que se vean inmersas en procedimientos de este tipo sobre su vivienda habitual -aunque no sean de alquiler- también podrán beneficiarse cuando tengan personas dependientes, víctimas de violencia de género o menores a su cargo.

Para la Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (Asval), la prórroga del decreto «antidesahucios» no resuelve «el problema de la vivienda en España, y hace recaer en los arrendadores la responsabilidad de la administración de facilitar viviendas públicas a colectivos vulnerables».

En un comunicado, Asval pide al Gobierno que ponga en marcha «medidas valientes y efectivas» para solucionar la falta de oferta de viviendas de alquiler, especialmente las sociales y asequibles.

Por ello, defiende la necesidad de crear un fondo de apoyo público directo de 700 millones de euros para reducir la carga del pago del alquiler para estos colectivos.

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