

La Fiscalía presentó un informe a favor de que el Tribunal Constitucional conceda amparo al ex diputado de Podemos Alberto Rodríguez contra el acuerdo de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, que anunció la retirada de su escaño tras ser condenada por el Tribunal Supremo.
El Ministerio Público remitió un informe al Tribunal de Garantías en el que apoyaba la posición del ex diputado de Podemos contra la resolución del 22 de octubre de 2021 firmada por Batet, en la que se le comunicaba su relevo como diputado en el Congreso.
Según su informe, al que ha tenido acceso Efe, el Ministerio Público considera que esta decisión vulneró el derecho fundamental de Rodríguez a permanecer en un cargo público representativo, por lo que pide al Tribunal Constitucional que anule el acuerdo del presidente del Congreso.
Solicita que se anule el procedimiento para que los órganos competentes del Congreso se pronuncien sobre los efectos, «dentro de su jurisdicción», de la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a Rodríguez.
No ocurre lo mismo con el segundo recurso presentado por Alberto Rodríguez, en este caso contra la sentencia del Tribunal Supremo y el auto en el que éste acordó sustituir la pena de un mes y 15 días de prisión por una multa, pero mantuvo la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
En este caso, el Ministerio Fiscal se puso de parte del TC que estimó el recurso de amparo del ex diputado, al considerar que la pena accesoria de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo estaba «debidamente justificada» sin vulnerar ninguno de sus derechos fundamentales, y que «la consecuencia extrapenal de privación del escaño queda fuera del ámbito de la citada pena accesoria».
Respecto a la decisión de Batet, el fiscal considera que la presidenta del Congreso «no parecía tener mucho margen de maniobra -por no decir que no tenía ninguno-«, dado que Rodríguez había sido condenado a una pena de prisión y la decisión que adoptó «hacía referencia explícita a la sentencia».
Sin embargo, el fiscal considera que el acuerdo adoptado por Batet supone un «doble automatismo» y que puede haber «espacio» para otro «entendimiento de la ley».
Sin embargo, aclara que la declaración de nulidad del acuerdo de Batet no conllevaría la devolución del escaño, ya que está documentado que la Junta Electoral Central expidió la credencial de diputada a Fátima González, que sin embargo renunció al escaño.
Pero como Rodríguez no impugnó la decisión de la Junta, en ningún caso, según el Ministerio Público, se podría restituir el escaño «sin que se aclare previamente» por parte de la autoridad competente «el conflicto que evidentemente se plantea» ante la situación jurídica planteada.
El año pasado, el Tribunal Supremo condenó a Rodríguez a un mes y quince días de prisión, sustituida por una multa de 540 euros, por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife) y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena de 45 días. El 26 de enero, declaró extinguida su responsabilidad penal.

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