

La Reina y los Príncipes de Asturias serán aforados ante el Tribunal Supremo, es decir, en caso de ser imputados por algún delito la causa corresponderá tramitarla al Tribunal Supremo, ha anunciado el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, al término del Consejo de Ministros.
Así se contempla en el anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que ha sido aprobado este viernes en el Consejo de Ministros y que hará que la Reina y los Príncipes tengan el mismo tratamiento judicial que otros altos cargos, como el presidente del Gobierno, sus ministros, diputados y senadores y la cúpula judicial.
Concretamente, la intención del Ejecutivo es la de mantener a los aforados que ya contempla la legislación e incluir en esta lista «al rey consorte, al consorte de la reina y al príncipe y su consorte», según ha detallado Ruiz Gallardón.
El Rey no precisa aforamiento porque, según establece la Constitución española, su figura «es inviolable y no está sujeta a responsabilidad».
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro ha asegurado que el aforamiento «no es un privilegio» para el aforado, sino «un instrumento para aumentar la seguridad jurídica sobre personas que el legislador entiende que deben ser objeto de una tutela».
CORREGIR UNA «DISFUNCIÓN»
Ruiz Gallardón ha reconocido que el Gobierno consideraba una «disfunción» en la estructura del Estado el hecho de que un ministro estuviese aforado y el Príncipe no.
El ministro ha explicado que no se extenderá el aforamiento a otros miembros de la Familia Real al entender que solo tienen que estar aforados los que ejercen «funciones de Estado» lo que, hoy por hoy, según el ministro, afecta a la Reina y los Príncipes.
Ruiz Gallardón ha aprovechado para subrayar que la Constitución española «en ningún momento está llamando a hacer una ley orgánica del Estatuto de la Familia Real». «Esa es una interpretación equivocada», considera.
Ha reconocido que la Carta Magna «tampoco lo prohíbe», hacer este Estatuto, pero ha querido dejar claro que lo que dice la Constitución es que «si surge una duda de hecho o derecho» que ocurra en el orden de sucesión a la Corona «se tiene que resolver esa duda a través de una ley orgánica».
«Esa es la interpretación que han hecho todos los constitucionalistas de ese artículo. Por lo tanto, no existe ninguna necesidad de hacer un Estatuto general», ha insistido.
(EuropaPress)
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