
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha ordenado la apertura de juicio oral contra el ex presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y otras cuatro personas por presuntas irregularidades cometidas durante la adjudicación de dos contratos públicos del Canal de Isabel II relacionados con el campo de golf del Canal.
En su auto, en el que recoge las acusaciones de la Fiscalía, la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II, el PSOE, CCOO de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, el magistrado abre juicio oral en la pieza 2 del llamado caso Lezo por los delitos de corrupción, tráfico de influencias en concurso con corrupción, prevaricación administrativa y dos delitos de fraude a las administraciones públicas.
Además de a Ignacio González, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 abre juicio oral contra el consejero delegado del Canal de Isabel II entre 2003 y 2009, Ildefonso de Miguel, así como a los socios de la empresa TCT José Antonio Clemente Marín, Pablo Manuel González González y Juan José Caballero Escudier, estos dos últimos hermano y cuñado respectivamente del expresidente de la Comunidad de Madrid.
El auto describe cómo en 2006 los imputados Ignacio González e Ildefonso de Miguel, aprovechando los altos cargos públicos que ostentaban en el ente público Canal de Isabel II, «dirigieron su actuación a asegurar la adjudicación de la empresa TCT en dos contratos públicos promovidos por este organismo».
TCT, que, según el documento, carecía de medios para llevar a cabo las obras contratadas, era propiedad de los acusados José Antonio Clemente Marín, Pablo Manuel González González y José Juan Caballero Escudier, aunque estos dos últimos lo hacían de forma encubierta para ocultar sus vínculos familiares, hermano y cuñado respectivamente del ex presidente de la Comunidad de Madrid.
«Esta contratación innecesaria e irregular, que supuso para TCT un beneficio total de 504.780 euros -381.029 en el primer caso y 123.751 en el segundo- fue solicitada e impuesta de común acuerdo por todos los demandados a los adjudicatarios como condición para obtener los contratos», concluye.




