
La Audiencia de Ávila ha acordado desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía contra la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria que otorgó permiso al marido de la infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, para realizar un voluntariado fuera de la prisión de Brieva (Ávila) en la que cumple condena por el caso Nóos.
En su auto, la Sección número 1 de la Audiencia de Ávila da por buena la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria y rechaza el recurso que fue presentado por la acusación pública, resolución contra la que no cabe interponer recurso alguno, según informaron fuentes del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Los argumentos de la Audiencia de Ávila
Con respecto al motivo de la condena cumplida hasta ahora, el tribunal recuerda que para que un interno clasificado en segundo grado pueda acceder a programas especializados, únicamente debe cumplir lo siguiente: perfil de baja peligrosidad social y que no ofrezca riesgos de quebrantamiento de condena, sin exigir el cumplimiento de la cuarta parte de la condena como presupuesto necesario e imprescindible.
En cuanto a la situación de aislamiento, mientras la Fiscalía sostiene que es una situación elegida por el propio Urdangarín, la Audiencia abulense argumenta que la elección del centro «es competencia exclusiva de la Administración Penitenciaria, por lo que cabe concluir que ha sido ésta la que ha provocado, aún indirectamente, esa situación de aislamiento», ya que asegura que son las condiciones de la propia prisión las que provocan esta circunstancia.
También rechaza la argumentación de Fiscalía de que el cumplimiento de la pena no esté causando al preso efectos de deslocalización, y ello en base a un un informe de la educadora social del Centro Penitenciario en el que se recoge que, «si bien en el interno no se observan las carencias de la mayoría de la población penitenciaria, sí consideramos que la falta de actividades le está afectado negativamente», en referencia a que las especiales características del penal le impiden participar en la programación de actos por profesionales para el resto de las internas.





