Bankia no es el único banco que decidió colocar productos financieros de alto riesgo a enfermos de Alzheimer, también el BBVA estafó a clientes aquejados de este mal.
La entidad vizcaína ha sido condenada por vender preferentes a una anciana que padece la enfermedad, que no sabía leer ni escribir, y que tan solo había aprendido en su vida a escribir su nombre, lo cual resultaba muy conveniente al banco para conseguir su firma.
Cuando su marido murió, la anciana decidió invertir la herencia que le había dejado su esposo, 24.000 euros, en lo que ella pensaba que era un depósito que le daría un dinero todos los meses para completar su pensión. Sin embargo, como en tantos otros casos, resultó ser el producto variable y altamente de riesgo denominado preferentes, en concreto, preferentes de Repsol, un producto de elevada complicación financiera imposible de comprender para ella.
Según ha informado El Confidencial Digital, la sentencia, dictada por la juez María José Lorena, del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid, “deja en evidencia de nuevo el funcionamiento de la banca a la hora de colocar estos complejos productos entre clientes sin ningún tipo de conocimiento financiero”.
El BBVA estafó hace trece años a una mujer que hoy tiene 88 años de edad, que “no sabe leer, ni escribir, y había aprendido a firmar como un acto mecánico” y toda su vida había contratado depósitos, es decir, productos financieros conservadores o de bajo riesgo, pero perdió los 24.000 euros que acababa de heredar por la muerte de su marido por contratar preferentes, cosa que no hubiera ocurrido si el banco le hubiera asesorado un mínimo de lo que estaba firmando.
Durante el juicio, la anciana declaró que firmó las participaciones preferentes porque confiaba en la banquera tras ser cliente suya durante 30 años y creía que estaba firmando un depósito fijo, como había sido su pauta a lo largo de todo ese tiempo.
Lo que esperaba era un producto conservador, sin riesgo, y lo que le ‘vendieron’ en el banco fue todo lo contrario, algo que corrobora la jueza en su sentencia, en cuyo texto consta que “es la opinión de quien ofrece el producto y la confianza en el mismo la determinante para su adquisición”.
Según ha afirmado la sentencia, “se trata de una labor de auténtico asesoramiento financiero, en el que el cliente decide esa contratación ante la información determinante recibida de quien le ofrece el producto, siendo dicha opinión y no la propia, la determinante de la adquisición del producto”.
Es el punto clave en todas las denuncias de este tipo, donde los bancos suelen defenderse insistiendo en que el cliente conoce por sí mismo el material que está contratando, sin que se produzca asesoramiento por su parte.