La querella presentada por el PP contra la excandidata de IU a la presidencia de la Comunidad de Madrid, Tania Sánchez, acusada de los delitos de prevaricación, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos en la adjudicación de contratos municipales, ha sido sobreseída por la jueza que instruía el caso al no hallar indicios de la comisión de estos delitos.
La querella había sido interpuesta contra Tania Sánchez por la adjudicación de un contrato público por valor de 137.000 euros a AUPA, la cooperativa de su hermano Héctor Sánchez, cuando ella era concejala de Cultura en el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. La querella también se dirigía contra el padre de Tania Sánchez, Raúl Sánchez Herranza (exconcejal del consistorio) y el alcalde Pedro del Cura, además de dos funcionarias del Ayuntamiento.
Tras tomar declaración a todos los imputados los pasados días 24 y 25 de junio, la magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Arganda del Rey concluye que no queda acreditada la existencia del delito de prevaricación porque no hay “indicio alguna de la existencia de un interés personal en esa actuación o la intención de beneficiar a su familia, cuestión que configura el elemento subjetivo del tipo penal de prevaricación”.
La jueza estima que, si bien el proceder de la entonces concejala de Cultura “puede tener una valoración política o ética” al no haberse abstenido en la votación de la Junta de Gobierno que aprobó en 2008 la concesión a la cooperativa de su hermano, el voto de Tania Sánchez no era decisivo para el acuerdo pues los concejales votaban por unanimidad.
El auto de la magistrada señala como “llamativo” que siete años después de adjudicarse el último contrato a AUPA en 2008, algunos concejales (del Partido Popular) presenten esta querella realizando “manifestaciones diversas sobre su desconocimiento de las relaciones de parentesco entre el representante legal de AUPA y dos concejales del Consistorio”, ya que todos tuvieron acceso a los expedientes de los contratos que aprobaron, donde siempre constaba la firma de Héctor Sánchez.
La jueza expone que “no se ha aportado indicio alguno de que la familia Sánchez Melero ocultara su parentesco, cuestión harto difícil en una población relativamente pequeña en la que varios de los concejales tenían edades similares, existiendo un único instituto en la localidad en sus tiempos de estudiante”.
Con el auto de sobreseimiento provisional queda así archivado el caso contra Tania Sánchez, si bien cabe aún interposición de un recurso de reforma sobre el órgano judicial que dicta la resolución, o de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.