“El flexo no podrá mantenerse encendido”. Con estas palabras se lamenta el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz al verse forzado a cerrar el caso del cámara de Tele 5 asesinado hace doce años en Irak, José Couso, debido a la reforma de la Ley de Jurisdicción Universal introducida por el ex ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que impide a España juzgar crímenes de guerra ocurridos en el extranjero, aunque se cometan contra ciudadanos españoles, contraviniendo la Convención Internacional de Ginebra.
En su auto, con el que el juez ha cerrado la causa para su posterior archivo y sobreseimiento , expresa rotundamente que, a pesar de que existen «suficientes indicios racionales» contra tres militares del Ejército de Estados Unidos, este «crimen de guerra» va a quedar «impune». Una noticia que ha sido recibida con pesar por la familia del cámara fallecido, que culpa al Gobierno del PP de la decisión forzada del juez y ha anunciado que llevará el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Además, Pedraz avisa de las consecuencias negativas de la aplicación de la ley, que convierte a España en un paraíso para el refugio de criminales buscados internacionalmente al declararse incompetente para abrir procedimientos contra ellos, a la par que deja indefensos a los ciudadanos españoles en el extranjero, ya que España no podrá pedir responsabilidades ni iniciar investigaciones ni siquiera pedir la apertura de procedimientos de autopsia en caso de muerte en conflicto armado.
La ley del PP y el Tribunal Supremo atan a Pedraz de pies y manos
El magistrado, que eleva el procedimiento a la Sala de lo Penal para que acuerde el sobreseimiento de las actuaciones al ser el órgano competente para este trámite, considera que no tiene margen para continuar la instrucción debido a la reforma de la ley de jurisdicción universal y a la reciente sentencia del Supremo que confirmó el archivo de las pesquisas sobre el genocidio en el Tíbet.
De esta forma, propone el cierre de la causa que desde 2010 mantenía procesados y bajo orden de busca y captura al teniente coronel del Ejército de Estados Unidos Philip de Camp, el capitán Philip Wolford y el sargento Thomas Gibson, a los que acusaba de delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado en concurso con homicidio.
Los tribunales españoles, inutilizados internacionalmente
Pedraz argumenta que la resolución del Supremo, de la que fue ponente el exfiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido, estableció, de acuerdo con la reforma de la justicia universal impulsada por el PP, que «los tribunales españoles carecen de jurisdicción para investigar y enjuiciar delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado cometidos en el extranjero» salvo en dos supuestos.
El primero se refiere a que el procedimiento se dirija contra «un español» y el segundo que el presunto autor sea «un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España o un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas».
El juez interpretó la reforma en el sentido de que podía perseguir a los presuntos autores de la muerte de Couso «in absentia» (en rebeldía), es decir, que «la obligación de buscar y hacer comparecer a los procesados se extendía a cualquier país en el que se encontraran y no solo a España». Sin embargo, la sentencia del Supremo establece que la jurisdicción no puede extenderse «‘in absentia’, en función de la nacionalidad de la víctima o de cualquier otra circunstancia».
Un crimen de guerra que no podrá ser juzgado
Tras señalar que el Supremo establece con su sentencia «una doctrina definitiva» sobre esta cuestión a partir de la modalidad «muy restrictiva» de jurisdicción universal aprobada por el legislador, Pedraz destaca que, a pesar de que los hechos constituyen un crimen de guerra contemplado en el IV Convenio de Ginebra, la búsqueda de los autores no será posible «en España ni en otros países».
«La nueva norma dictada por el legislador español impide la persecución de cualquier crimen de guerra cometido contra un español, salvo en el difícil supuesto de que los presuntos criminales se hayan refugiado en España», señala el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1.
De igual modo, recuerda que «para buscar o hacer comparecer ante los tribunales» a los presuntos autores de los crímenes de guerra «hace falta dictar una orden de búsqueda y ésta solo puede acordarse dentro del seno de un procedimiento», que en este caso «nunca existirá» porque la reforma «impide su incoación» salvo que los responsables vivan en nuestro país.
Una norma que deja indefensos a los trabajadores españoles en el extranjero
La nueva norma también conlleva, según Pedraz, que «ante crímenes contra periodistas, cooperantes o personales españolas consideradas como población civil», ni la Fiscalía ni los familiares de las víctimas podrán instar la apertura de diligencias en España para «identificar a la víctima, solicitar la autopsia o investigar cómo acontecieron los hechos».
En este contexto, el juez lamenta que a partir de ahora los procesados podrán «desplazarse a otros países que hayan suscrito el Convenio, e incluso a España, con la seguridad de que no van a ser buscados», puesto que «en los archivos policiales o de otra índole no va a constar tal búsqueda».
«De esta forma, pese a que existen múltiples esfuerzos y recomendaciones a nivel mundial para perseguir y sancionar este tipo de delitos (…), el delito quedaría impune. La decisión del legislador será discutible y podrá provocar debates en torno a tal impunidad, no sólo para el presente casos sino para otros posibles, mas no corresponde a los jueces suplir al legislador», concluye Pedraz.
La familia, desolada, culpa al PP
La familia, amigos y compañeros del cámara de Tele 5 consideran al Gobierno del PP culpable de la decisión del juez y han avisado de que recurrirán la decisión porque «aquí no termina la batalla».
Los allegados a Couso han reconocido en un comunicado estar «desolados e indignados» por la decisión del juez, pero a la vez están «decididos a no tirar la toalla» y recurrirán la decisión hasta llegar, si es necesario, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
«El Gobierno cambió la ley para proteger a los asesinos de mi hermano», ha denunciado David Couso, hermano del reportero asesinado, quien ha censurado que se trató de «un cambio de ley hecho ‘a la carta’ para favorecer a determinados criminales», como los militares estadounidenses que estaban procesados por la muerte de Couso.
Según ha remarcado el hermano del cámara de televisión, el propio juez Pedraz dice en su auto que «queda constatado que existen suficientes indicios racionales de que los procesados serían autores de los delitos señalados», ante lo que ha reconocido su «impotencia» ante la «impunidad» que provoca el cambio legislativo.
A su juicio, con esto queda demostrado judicialmente que José Couso «fue asesinado» y quiénes fueron sus asesinos. «Y sin embargo la Justicia no puede actuar porque este Gobierno la ha atado de pies y de manos –ha reprochado–. Hoy se ha vuelto a demostrar que el cambio legislativo que impulsó Rajoy fue una operación destinada a permitir que determinados asesinos y delincuentes queden al margen de la ley».
David Couso tiene claro que al juez Pedraz «le ha obligado a cerrar el caso el Partido Popular con su antidemocrática reforma», pero avisa de que si el Gobierno cree que la familia, amigos y compañeros del cámara se van a rendir «ante sus sucias maniobras», están «muy equivocados». (Postdigital/Agencias)