Prescripción de delito por tardanza en la instrucción de la causa. Así se libra un agente antidisturbios de la Policía Nacional de pagar por agredir, vulnerando el derecho a la información, a dos fotoperiodistas que trabajaban cubriendo una protesta contra la monarquía, a pesar de haber sido hallado culpable por el juez de las agresiones.
Siete periodistas fueron agredidos por la Policía mientras seguían el proceso de la detención policial de uno de los manifestantes, siendo golpeados repetidamente incluso contra el suelo e impidiéndoles realizar su labor.
Los ataques y persecuciones policiales sufridos por el colectivo de la prensa fueron recogidos gráficamente por los propios periodistas agredidos y por los manifestantes con sus dispositivos móviles en numerosos vídeos, como el documento grabado y editado por el videoperiodista Jaime Alekos, que se convirtió en viral en la red social Youtube.
Entre los fotoperiodistas agredidos se encontraban Mario Munuera y Juan Ramón Robles, que “fueron golpeados” por el agente de la Unidad de Intervención Policial (UIP o antidisturbios) 98.373, según recoge en sus “hechos probados” la sentencia del magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 46 de Madrid que, a la par de afirmar que hubo agresión, “declara prescrito” el procedimiento porque la causa “ha estado paralizada” durante ocho meses en la Audiencia Provincial de Madrid, ya que este tipo faltas prescriben, según la ley, a los seis meses.