A pesar de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que establece que llamar al número telefónico de los servicios postventa no debe exceder el coste de una llamada telefónica estándar, muchas son las empresas que aún utilizan números de alto coste con prefijos 901 y 902, con perjuicio para el consumidor.
Otras 89 empresas denunciadas hasta el momento
Este movimiento de FACUA contra las once entidades bancarias se enmarca en su campaña #Stop902, que viene desarrollando desde hace tiempo para movilizar a los usuarios contra este tipo de abusos en los teléfonos de atención al consumidor.
Sentencia del TJUE
FACUA recuerda, “por si a las autoridades de protección al consumidor les quedaba alguna duda sobre la ilegalidad de los 901 y 902 debido a su sobrecoste”, que el pasado 3 de marzo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia en la que establece que el coste de la llamada al número telefónico de los servicios postventa no debe exceder el precio de una llamada telefónica estándar.
La sentencia del TJUE se produjo después de que el Tribunal Regional de Stuttgart (Alemania) plantease una cuestión prejudicial para aclarar qué quiere decir la Directiva europea sobre los derechos de los consumidores cuando habla de que las llamadas a las líneas de atención al cliente no pueden superar el coste de la «tarifa básica».
Según el alto tribunal europeo equivale, en el lenguaje corriente, al coste de una llamada estándar y, por tanto, debe entenderse en ese su sentido habitual. Por lo tanto, los costes facturados al consumidor no pueden superar los habituales que se le habrían cargado por una llamada a un número de teléfono fijo (geográfico) o móvil estándar.