
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno del PP contra la ley de ruptura de Cataluña, que regula un régimen transitorio hasta la aprobación de una eventual Constitución de la República catalana en caso de que el referéndum previsto por el gobierno catalán para el 1 de octubre obtuviera el respaldo ciudadano a la independencia, que también ha sido suspendido por el TC.
De esta manera, el Pleno del TC, que se ha reunido esta mañana y ha tratado de manera urgente el recurso, anula la Carta Magna provisional catalana al quedar en suspensión cautelar hasta que el TC emita una resolución sobre la cuestión en un plazo de cinco meses.
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha comunicado al Govern y a la Mesa del Parlament las querellas por el 1-O, considerando que hay indicios de que los miembros del Govern «habrían utilizado arbitrariamente» sus «potestades» al convocar un referéndum de independencia que, además, «va a incidir en el ámbito del gasto público».
Mientras, la Fiscalía de Cataluña ha ordenado al mayor de los Mossos d’Esquadra y a los mandos de la Guardia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía en Cataluña que, para evitar la «consumación del delito», «requisen urnas» y todo material destinado a preparar y celebrar el referéndum del 1 de octubre.
Según ha informado la Fiscalía en una nota de prensa, a los mandos policiales se les ha recordado que «queda fuera de toda duda la ilegalidad» de cualquier acto dirigido a llevar a cabo el referéndum de independencia, por lo que se les ordena «adoptar las medidas necesarias» para intervenir los «efectos e instrumentos destinados a preparar o celebrar el referéndum ilegal».
Concretamente, la instrucción de la Fiscalía incluye requisar «urnas, sobres electorales, manuales de instrucciones para los miembros de las mesas electorales, impresos electorales, propaganda electoral, elementos informáticos, así como cualquier otro material de difusión, promoción o ejecución del referéndum ilegal».
Asimismo, ante los «actos» encaminados a preparar y celebrar el referéndum que lleven a cabo «autoridades o funcionarios públicos o particulares en connivencia con aquellos», añade el ministerio público, la policía judicial «procederá a elaborar de forma urgente el informe o atestado oportuno, que contendrá todos los datos necesarios acerca de su ejecución, autoría, participación y circunstancias concurrentes».
El ministerio público ha recordado a los mandos policiales que la notoriedad de la prohibición de los actos de organización del referéndum «hace que cualquier conducta de autoridades, funcionarios públicos o de particulares en connivencia con los anteriores» puedan constituir delitos de desobediencia, prevaricación y malversación, delito que recuerda está penado con hasta ocho años de cárcel. (Postdigital/Agencias)