El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia histórica con la que declara ilegal la legislación española en materia de indemnización por extinción del contrato de los trabajadores temporales, que en nuestro país suman ya casi cuatro millones.
Con su sentencia del 14 de septiembre, la Justicia europea obliga a España a no discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías de asalariados deberán recibir una compensación económica de 20 días por año trabajado.
La sentencia exige a los tribunales españoles que reconozcan a ambos tipos de empleados por igual, mientras que la norma vigente en España hasta ahora estipula que los trabajadores temporales deben ser indemnizados solo con entre 8 y 12 días de sueldo por año de servicio, o nada en el caso de que sean interinos.
«El mero hecho de que este trabajador haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a la mencionada indemnización», sostiene el fallo de la corte europea.