La jueza titular del caso, Esperanza Collazos, ha admitido que el PP destruyó el contenido de los ordenadores pero que no se puede aplicar el delito de daños infórmaticos porque, según ella, Bárcenas no ha podido acreditar que los equipos fueran suyos. En cuanto al otro motivo de la demanda, el delito de encubrimiento, la jueza ha concluido que no puede acusarse al Partido Popular de encubrimiento, porque no está probado que el Partido Popular se financiara ilegalmente y, por lo tanto, al no estar probado este primer hecho, no se puede dictaminar que el Partido Popular intentara encubrir este primer delito.
Con este dictamen, Esperanza Collazos se opone a Pablo Ruz, el juez que está investigando el caso Bárcenas. Ruz emitió un informe acosejando a la jueza que investigara a fondo la demanda, ya que era claro que el Partido Popular había borrado el contendio de los ordenadores y que estos podían haber tenido datos importantes para el caso que el juez está tratando, como datos de la contabilidad B del partido, destacando también la coincidencia del borrado con la imputación de Bárcenas y las declaraciones inciertas que el Partido Popular había hecho sobre esto, ya que oficialmente había declarado que borraron los ordenadores para dárselos a otro empleado, pero sin embargo los ordenadores no han vuelto a ser utilizados por ningún nuevo trabajador.