El juez ha acordado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas sobre el incidente de tráfico de la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, al considerar que no ha quedado probado que desobedeciera a los agentes ni que lesionara a uno de ellos con su vehículo.
El juez de Instrucción número 14 de Madrid ha estimado también que no son constitutivos de infracción penal los daños de la motocicleta pilotada por el agente de movilidad que denunció a la política madrileña, que aparcó mal su coche para sacar dinero de un cajero automático.
El magistrado Carlos Valle ha basado su decisión en la «frontal oposición» de las versiones de los agentes y la política, en que existen «más apoyos» a la dada por Esperanza Aguirre, y en las «dudas serias» que tiene sobre la credibilidad de los agentes que la denunciaron.
Esta resolución judicial, contra la que cabe recurso de reforma y apelación, ha despejado el horizonte judicial de la política madrileña, que tiene aspiraciones para ser la candidata del PP a la alcaldía de Madrid en las próximas elecciones municipales.
Los hechos que se investigaban ocurrieron el 3 de abril de 2014 en la confluencia de las calles de Gran Vía y la plaza de Callao, cuando Aguirre, que había estacionado mal su vehículo, fue denunciada por los agentes de movilidad del Ayuntamiento de Madrid, que le acusaron además de desobediencia, lesiones y daños.
Cuando el juez Carlos Valle decidió tramitar el caso como un juicio de faltas, la Audiencia de Madrid estimó un recurso de una acusación popular y le devolvió el caso al estimar que los hechos pudieran constituir un delito de desobediencia.
Tras las nuevas diligencias practicadas en los últimos meses, el magistrado ha dictado ahora un nuevo auto (fechado el 19 de enero) en el que acuerda sin embargo el sobreseimiento provisional y el correspondiente archivo de la causa para Esperanza Aguirre.
De esta forma, la política ni será multada por una falta ni juzgada por un delito de desobediencia, que podría aparejar una pena de seis meses a un año de prisión.
Las conclusiones del juez en su auto son dos: ni cometió delito por los daños de la motocicleta que golpeó y que pertenecía a un agente de movilidad, ni ha quedado «suficientemente acreditada la desobediencia y las lesiones por imprudencia denunciadas» por los agentes.
Del resultado de la investigación, el magistrado aprecia en primer lugar «una frontal oposición de las versiones de denunciantes y denunciada y un resultado igualmente contradictorio de los medios de prueba practicados durante la instrucción».
Así las cosas, explica el juez, «la solución no puede ser otra que el sobreseimiento» pues «la denuncia inicial ha sido rebatida por la denunciada, existiendo incluso más apoyos a su versión que a la de los agentes de movilidad denunciantes, y dudas serias acerca de la credibilidad de estos».
Valora también el instructor «las variaciones y omisiones del agente presuntamente lesionado» en su declaración policial y judicial y las conclusiones del informe del médico forense.
«Si bien parece incontrovertible que los agentes de movilidad le dieron la orden de alto» a Esperanza Aguirre, explica el magistrado, no ha quedado indiciariamente acreditado de que la dirigente popular «se percatase de la orden de detención que se le daba» y, por tanto, no se puede hablar de que cometiera desobediencia.
El magistrado apoya esta conclusión en la declaración de un policía municipal que «pese a estar presenciando la incidencia», tampoco vio la orden de alto por parte de los agentes de movilidad, además de haber negado que uno de ellos tuviera que esquivar el coche de la política para no ser atropellado.
En este sentido, el policía municipal ha corroborado «en alguna medida la versión de Esperanza cuando afirma que no cree que se diera cuenta de la orden de alto que él mismo le dio, ya que no le miró», y no llevaba puestas en el vehículo las señales acústicas, «sino solo las luminosas».
(Agencias)