El rapero Pablo Hasel, condenado a dos años de prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias y calumnias contra la Corona por el contenido de sus canciones y sus mensajes en Twitter, ha interpuesto un recurso ante la Audiencia Nacional con el que ha pedido ser absuelto, denunciando que dos de los tres miembros del tribunal de la Audiencia Nacional que le juzgó no gozan de la imparcialidad suficiente por sus vínculos con la Guardia Civil y la Falange.
La sentencia no acredita riesgo para la población
Hasel niega que haya cometido delito de enaltecimiento del terrorismo con los mensajes publicados en su cuenta de Twitter, en los que hacía referencia a miembros de ETA y los GRAPO.
«La sentencia no ha hecho el más mínimo esfuerzo en acreditar qué riesgo ha supuesto para el Estado o la población los mensajes publicados, aproximándose la resolución a una censura de sus ideas más que a un acto protector de la población. Todas las referencias que hace son en abstracto a la lucha o la movilización general», expone su defensa en el recurso de absolución.
Responde de esta manera al tribunal que le condenó a dos años de prisión y que resolvió que comentarios tales como ‘las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, apoyemos a quienes han ido más allá’ equivalen a dejar la protesta pacífica y se enmarcan dentro de una «actuación violenta».
‘Juan Carlos el Bobón’ se basa en manifestaciones probadas
Del delito de injurias a la Corona por su canción ‘Juan Carlos el Bobón’, su defensa asegura que las manifestaciones sobre el Rey Emérito quedan probadas al estar recogidas en diferentes medios de comunicación y destaca la «paradoja» de que el proceso penal se dirija no contra el autor de esos hechos sino contra quien opina sobre ellos.
Intencionalidad de censurar y voluntad condenatoria
«Se trata, a su juicio, de una voluntad condenatoria que se explica desde el «desconocimiento de la realidad social española o desde la intencionalidad de cohibir y censurar opiniones políticas disidentes de las que tengan los magistrados sentenciadores», expone el recurso.
«La sentencia edifica su argumentario como si mi mandante fuera un calumniador serial, un inventor de hechos repudiables cometidos por el Estado. Para la Sala no existen torturas policiales, no existe la corrupción en las persona que integran la Corona, no existen las muertes a manos de las Fuerzas de Seguridad y, lo que es peor, no existe el derecho a expresar el repudio», concluye la defensa. (Postdigital/Agencias)