Nyto Rukeli, de 23 años, fue detenido en 2016. El fiscal lo acusó de “enaltecimiento del terrorismo” por las letras de sus canciones. Letras como “Ni bajo tierra me callarán, no puede encarcelarse el arte”. En la misma operación fueron detenidos otros 11 raperos, miembros del colectivo La Insurgencia. Un grupo cuyo objetivo era “proporcionar una plataforma para que los músicos hablaran de cuestiones políticas”, según el propio Nyto. El 4 de diciembre de 2017 fueron condenados a dos años y un día de prisión cada uno, así como a nueve años de inhabilitación y a una multa de 4.800 euros.
La Audiencia Nacional retiró finnalmente el cargo de “enaltecimiento del terrorismo” contra ellos el 9 de septiembre de 2016. El de “incitación al odio”, que había sido remitido a un juzgado ordinario de Madrid, fue retirado también.
Así. el Gobierno somete a hostigamiento toda una serie de expresiones en Internet —desde letras de canciones políticamente controvertidas hasta simples chistes— utilizando las categorías generales de “enaltecimiento del terrorismo” y “humillación de las víctimas de los delitos terroristas” previstas en las leyes antiterroristas de imprecisa redacción del país, afirma Amnistía Internacional.
Usuarios de redes sociales, periodistas, profesionales del derecho y artistas musicales han sido procesados en España en virtud del artículo 578 del Código Penal, que prohíbe el “enaltecimiento” del terrorismo y la “humillación de las víctimas de los delitos terroristas”. El impacto de esta aplicación es devastador para las personas: cuantiosas multas, largos periodos de exclusión del sector público, penas de prisión… y una consecuencia intangible: la autocensura por miedo a sufrir la represión.
Nadie debería ser procesado penalmente solo por decir, tuitear o cantar algo que pueda ser desagradable o escandaloso. La ley está silenciando la libertad de expresión y aplastando la expresión artística
El Gobierno español asegura que se defienden los derechos de las víctimas del terrorismo en lugar de sofocar la libertad de expresión en su nombre. El artículo 578 del Código Penal debe ser derogado. Mientras tanto, deben retirarse todos los cargos formulados por expresarse pacíficamente, concluye Amnistía Internacional.
Informe de Amnistía Internacional sobre la libertad de expresión en España by Carles Villalonga on Scribd