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Varapalo de la Justicia europea: Condena a España por vulnerar los derechos humanos al imponer prisión a dos jóvenes por quemar fotos de los Reyes

Redacción 13 marzo, 2018 3 min de lectura
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha emitido sentencia condenatoria contra España por violar la libertad de expresión al imponer pena de cárcel a dos manifestantes que quemaron fotos de los reyes.

Los hechos se remontan a 2007, cuando los jóvenes Enric Stern y Jaume Roura se manifestaban en una protesta independentista por la presencia de los entonces monarcas Juan Carlos de Borbón y su esposa Sofía en una visita oficial a Girona.

Quema Foto ReyesAcusados de un delito de injurias contra la Corona, ambos fueron condenados por la Audiencia Nacional a quince meses de prisión, una sanción que quedó en el pago de 2.700 euros de multa para no entrar en la cárcel.

Ahora, once años después, Estrasburgo considera que los jóvenes estaban amparados por la libertad de expresión y condena a España por vulnerar este derecho. En España, al contrario, el Tribunal Constitucional, al que recurrieron los condenados tras la sentencia de la Audiencia Nacional, les denegó el amparo e insistió en que había habido un delito de odio por considerar que habían incitado a la violencia contra los reyes.

La Justicia europea ha sido rotunda y los jueces, unánimes: la quema de imágenes de los reyes se enmarca en una “crítica política a la institución de la monarquía” y no atenta contra la persona de los monarcas, por tanto es legal y forma parte del derecho a la libertad de expresión. España deberá devolver los 2.700 euros de multa pagados por los jóvenes y tendrá que indemnizarles pagándoles otros 9.000 euros.

“No fue un ataque personal dirigido contra el Rey de España, destinado a despreciar y vilipendiar a la persona de este último, sino una crítica de lo que representa el Rey como líder y símbolo del aparato estatal y de las fuerzas que, según los demandantes, habían ocupado Catalunya”, por tanto, la acción de los jóvenes durante la protesta “entra dentro del ámbito de la crítica política o la disidencia y corresponde a la expresión de un rechazo de la monarquía como institución”, ha dictado el Tribunal de Derechos Humanos europeo.

La Corte europea insiste en que los monarcas “son elementos simbólicos” relacionados claramente con la política, “la efigie del Rey de España es el símbolo del Rey como jefe del aparato estatal, como lo demuestra el hecho de que se reproduce en monedas y sellos, o se coloca en los lugares emblemáticos de las instituciones públicas”, por lo que “el uso del fuego y el posicionamiento de la fotografía al revés expresan un rechazo o rechazo radical, y ambos se utilizan como una manifestación de crítica política”.

Así, “la Corte observa que los actos alegados contra los demandantes formaban parte de una de esas producciones provocativas que se utilizan cada vez más para atraer la atención de los medios de comunicación y que, en su opinión, no va más allá del uso de una cierta cantidad de provocación permitida para la transmisión de un mensaje crítico desde el ángulo de la libertad de expresión”, según los jueces europeos.

Tags: girona libertad de expresión monarquia república

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